Conoce el cuerpo normativo principal de la UE
La Unión Europea ha implementado varias directivas sobre prevención de blanqueo de capitales. A continuación, se mencionan las principales:
Primera Directiva sobre Blanqueo de Capitales (91/308/CEE): Esta directiva fue adoptada en 1991 y estableció un marco básico para prevenir el blanqueo de capitales en la Unión Europea. Estableció requisitos de diligencia debida, obligaciones de información y cooperación entre los Estados miembros.
Segunda Directiva sobre Blanqueo de Capitales (2001/97/CE): Esta directiva fue adoptada en 2001 y amplió las medidas para prevenir el blanqueo de capitales. Introdujo la obligación de las entidades financieras de realizar una evaluación constante del riesgo e implementar medidas de control internas eficaces.
Tercera Directiva sobre Blanqueo de Capitales (2005/60/CE): Esta directiva, adoptada en 2005, estableció medidas adicionales de prevención y control del blanqueo de capitales. Se amplió el alcance de la legislación para incluir profesiones no financieras, como abogados y contadores, y se fortalecieron las medidas de diligencia debida.
Cuarta Directiva sobre Blanqueo de Capitales (2015/849/UE): Esta directiva, adoptada en 2015, introdujo cambios significativos en las medidas de prevención de blanqueo de capitales. Incrementó la transparencia en la propiedad de las empresas, estableció un registro central de titulares reales y reforzó la cooperación entre las autoridades competentes.
Quinta Directiva sobre Blanqueo de Capitales (2018/843/UE): Esta directiva, adoptada en 2018, hizo cambios adicionales para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Introdujo medidas más estrictas en relación con las entidades virtuales de monedas (como las criptomonedas), aumentó los controles sobre transacciones de alto riesgo y mejoró la cooperación entre las autoridades nacionales.
Es importante tener en cuenta que estas directivas han sido aplicadas y transpuestas por los estados miembros de la Unión Europea en su legislación nacional, y pueden haber sido modificadas o ampliadas en cada país.
En la actualidad, resulta esencial la regulación sobre prevención de blanqueo de capitales establecida en la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, también conocida como la Cuarta Directiva sobre prevención del blanqueo de capitales.; quien en su preámbulo declara:
"[...]es preciso adoptar nuevas medidas destinadas a garantizar una mayor transparencia de las transacciones financieras, de las sociedades y otras entidades jurídicas, [...] con el fin de mejorar el marco preventivo vigente y de luchar más eficazmente contra la financiación del terrorismo.
Esta Directiva establece una serie de medidas para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Algunas de las principales disposiciones incluyen:
1.- Identificación y verificación de la identidad de los clientes: Los sujetos obligados, como los bancos, deben asegurarse de identificar y verificar la identidad de sus clientes antes de establecer relaciones comerciales con ellos.
2.- Conservación de registros: Los sujetos obligados deben mantener registros de todas las transacciones y actividades financieras durante un período de al menos cinco años.
3.- Evaluación de riesgos: Los sujetos obligados deben llevar a cabo evaluaciones de riesgos para identificar y comprender los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo a los que están expuestos.
4.- Informes de operaciones sospechosas: Los sujetos obligados están obligados a informar a las autoridades competentes de cualquier operación o actividad sospechosa de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
5.- Cooperación y intercambio de información: Se promueve la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades competentes de los Estados miembros de la UE para combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo de manera efectiva.
Es importante destacar que la Unión Europea ha adoptado una Quinta Directiva sobre prevención del blanqueo de capitales, la cual introduce algunas mejoras y modificaciones a la legislación existente. También se está trabajando en la implementación de la Sexta Directiva, que busca reforzar aún más la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo a nivel europeo.
El equipo de Capitalea es consciente de la importancia del cumplimiento normativo de la PBC-FT para garantizar la integridad y estabilidad de los sistemas económicos, así como prevenir y combatir delitos financieros como el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
La prevención de blanqueo de capitales es un tema altamente complejo y con una dispersión normativa importante., derivado de que cada país dispone de su propia legislación, que la UE intenta salvar mediante sus Directivas, aun cuando con criterios y grados de exigencia diferentes.
Los profesionales de Capitalea facilitan asistencia en procesos de diseño, construcción e implementación de Sistemas de Prevención de Blanqueo de Capitales para todos aquellos sujetos obligados determinados por la normativa aplicable; orientando y facilitando soluciones integrales para el adecuado desarrollo e integración en la actividad de las empresas y su relación con sus clientes.
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