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Declaración mensual ante el SEPBLAC

Qué es, cuándo se presenta y cómo cumplir correctamente con las obligaciones PBC-FT

La declaración mensual ante el SEPBLAC constituye una de las obligaciones periódicas más relevantes para los sujetos obligados en materia de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (PBC-FT) en España. Su correcta presentación no solo es un deber legal, sino también un elemento clave del sistema de control interno exigido por la normativa vigente.

En este artículo analizamos de forma clara y práctica qué es la declaración mensual del SEPBLAC, quién debe presentarla, cuándo se presenta, cuáles son los plazos, qué tareas previas deben realizarse y si es necesario adjuntar documentación, evitando errores frecuentes que pueden derivar en sanciones administrativas

¿Qué es la declaración mensual ante el SEPBLAC?

La declaración mensual es una comunicación sistemática obligatoria que determinados sujetos obligados deben remitir al SEPBLAC. A través de esta declaración se informa periódicamente de operaciones, movimientos o ausencia de actividad relevante, según el tipo de sujeto obligado y su operativa.

Su finalidad principal es permitir al SEPBLAC monitorizar de forma continua determinadas tipologías de riesgo, reforzando la detección temprana de posibles operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

¿Quién está obligado a presentar la declaración mensual?

No todos los sujetos obligados presentan declaraciones mensuales, pero sí lo hacen, entre otros:

  • Entidades financieras y de pago.
  • Entidades de dinero electrónico.
  • Proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por fiduciaria.
  • Proveedores de custodia de monederos electrónicos.
  • Otros sujetos obligados que el SEPBLAC determine en función del riesgo.

En el ámbito cripto, estas declaraciones adquieren especial relevancia debido al riesgo elevado asociado a operaciones con criptoactivos, especialmente cuando existen transferencias internacionales, anonimización o estructuras complejas.

¿Cuándo se presenta la declaración mensual del SEPBLAC?

La declaración mensual se presenta una vez al mes, informando de las operaciones correspondientes al mes natural inmediatamente anterior.

Es importante diferenciar esta obligación de otras comunicaciones puntuales (como las comunicaciones por indicio), ya que la declaración mensual tiene carácter periódico y sistemático, incluso cuando no existan operaciones relevantes que comunicar.

Plazos de presentación: ¿hasta cuándo puede presentarse?

Con carácter general, el plazo de presentación es dentro de los primeros días del mes siguiente al periodo declarado. Aunque el SEPBLAC puede concretar fechas exactas en función del tipo de declaración o del sujeto obligado, la práctica habitual exige

  • Tener la información preparada al cierre de mes
  • Validar los datos durante los primeros días del mes siguiente
  • Presentar la declaración dentro del plazo técnico habilitado en la plataforma

El incumplimiento de los plazos puede calificarse como infracción administrativa, incluso cuando no exista intención de ocultación.

Tareas previas necesarias antes de presentar la declaración mensual

Una correcta declaración mensual no comienza el día de la presentación, sino mucho antes. Entre las tareas previas imprescindibles destacan:

1. Revisión de la operativa del mes

Debe analizarse toda la actividad del periodo: operaciones realizadas, clientes activos, importes, tipologías y canales utilizados.

2. Verificación de datos KYC y perfiles de riesgo

Es fundamental comprobar que la información de clientes esté actualizada y coherente con la operativa comunicada.

3. Contraste con el sistema de control interno

La información declarada debe ser consistente con:

  • El manual PBC-FT
  • El análisis de riesgos
  • Las políticas internas de la entidad.
4. Coordinación con el representante ante el SEPBLAC

El representante designado es responsable último de la comunicación, por lo que debe validar el contenido antes de su envío.

¿Hay que adjuntar documentación en la declaración mensual?

Con carácter general, la declaración mensual no requiere adjuntar documentación (contratos, justificantes o soportes), ya que se trata de una comunicación estructurada de datos.

No obstante, es obligatorio que el sujeto obligado:

  • Conserve internamente toda la documentación soporte

  • Pueda aportarla de forma inmediata si el SEPBLAC la requiere.

  • Garantice la trazabilidad de la información declarada.

La falta de documentación interna, aunque no se adjunte inicialmente, puede dar lugar a requerimientos, inspecciones y sanciones.

Errores frecuentes en las declaraciones mensuales

En la práctica profesional, los errores más habituales son:

  • Presentar la declaración fuera de plazo
  • Inconsistencias entre la declaración y la operativa real
  • Falta de revisión previa por el representante
  • Ausencia de procedimientos internos claros
  • Confundir la declaración mensual con comunicaciones por indicio.

Una gestión deficiente de esta obligación suele ser uno de los primeros indicadores de debilidad del sistema PBC-FT ante una inspección.

La declaración mensual como pieza clave del cumplimiento PBC-FT

La declaración mensual ante el SEPBLAC no es un mero trámite administrativo. Es una herramienta central de supervisión, cuya correcta gestión demuestra el compromiso real del sujeto obligado con la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.

Un enfoque profesional, sistemático y bien documentado reduce significativamente el riesgo sancionador y refuerza la posición de la entidad frente a organismos supervisores

¿Necesitas ayuda con tus declaraciones ante el SEPBLAC?

Somos especialistas en Prevención del Blanqueo de Capitales (PBC-FT) y contamos con profesionales con amplia experiencia en el asesoramiento a sujetos obligados, especialmente en entornos complejos como el sector cripto y financiero.

Nos encargamos de:

  • La gestión integral de declaraciones mensuales
  • Las revisión y validación de comunicaciones
  • La interlocución con organismos reguladores como el SEPBLAC, la CNMV o el Banco de España.
  • El diseño y mejora de sistemas internos PBC-FT.

Si quieres asegurar el cumplimiento normativo y evitar riesgos innecesarios, contacta con nuestro equipo especializado.

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